Jurisprudencia en México.

        La jurisprudencia constituye el aparato semántico que nos permite conocer el derecho y prever las consecuencias en caso de la aplicación. El impacto que la jurisprudencia produce en el derecho es contundente. El derecho se vuelve un sistema inteligible, coherente, racional.
En México, la palabra jurisprudencia se ha aplicado, desde que ya no existen escuelas de Jurisprudencia para designar la interpretación, con carácter obligatorio, que hacen los jueces de los preceptos legales.

Definición.
    La Jurisprudencia es la interpretación de la ley, de observancia obligatoria, que emana de las ejecutorias que pronuncia la Suprema Corte de Justicia de la Nación funcionando en Pleno o en Salas, y por los Tribunales Colegiados de Circuito. Doctrinariamente la Jurisprudencia en la Jurisprudencia Mexicana puede ser confirmatoria de la ley, supletoria e interpretativa. Mediante la primera, las sentencias ratifican lo preceptuado por la ley; la supletoria colma los vacíos de la ley, creando una norma que la complementa; mientras que la interpretativa explica el sentido del precepto legal y pone de manifiesto el pensamiento del legislador.

    La Jurisprudencia -mexicana- tiene facultades integradoras y va más allá de la norma, es decir, la verdadera Jurisprudencia en la Jurisprudencia Mexicana es aquella complementaria o integradora de las situaciones que no previó el legislador, adecuando la norma al caso concreto, toda vez que en muchas ocasiones las circunstancias de hecho están dando opciones distintas a lo establecido en un precepto legal. La Suprema Corte y los tribunales, al fijar un criterio en una tesis, estudia aquellos aspectos que el legislador no precisó, e integra a la norma los alcances que, no contemplados en ésta, se producen en una determinada situación.

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